Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS
¿Qué
son las Asociaciones de Padres de Alumnos y las Asociaciones de Alumnos?
Son
la plasmación, en el ámbito de la educación, del derecho recogido por la
Constitución para asociarse libremente; estando este derecho reconocido y protegido
por la legislación en la materia, específicamente en la Ley Orgánica reguladora
del Derecho a la Educación (L.O.D.E. ).
Asociaciones
de Padres de Alumnos
(A.P.A.)
¿Cómo
se regulan?
Las
Asociaciones de Padres de Alumnos se rigen por la Ley Orgánica reguladora del
Derecho a la Educación (Art. 5); por el Decreto 27/1.998 de 10 de Febrero, de
la Consejería de Educación y Ciencias, que es desarrollo reglamentario del
Derecho recogido en el art.5 de la L.O.D.E. en nuestra Comunidad Autónoma;
por la legislación de asociaciones en los aspectos generales que les sean
de aplicación; y por sus propios Estatutos.-
¿Cómo
se constituyen y cual es la condición necesaria para pertenecer a un A.P.A?
Las
asociaciones de padres de alumnos se constituye mediante un acta de constitución’
en la que conste la voluntad de al menos diez padres de alumnos de crear la
asociación, dicho Acta se presentará en la Delegación Provincial de Educación
y Ciencias junto con los Estatutos de la asociación.
De
lo dicho, queda claro que puede existir más de una asociación de padres por
Centro.-
¿Qué
materias deben recoger los Estatutos de un A.P.A.?
-
Denominación, con una referencia que las singularice e indicando en
que centro docente se constituye
- Fines que se propone la asociación
-
Domicilio, que podrá ser el del centro en que se constituye
-
Composición y funcionamiento de sus órganos de gobierno, que deberán
ser democráticos
-
Procedimiento de admisión de los asociados y motivos por los que se
pierde la condición de asociado
-
Derechos y deberes de los asociados
-
Competencias de las Asambleas Generales
-
Patrimonio fundacional, recursos económicos previstos y aplicación
que
-
Régimen de modificación de Estatutos
La
Consejería de Educación y Ciencias tiene publicado un modelo de Estatutos estándar
para este tipo de asociación.
¿Qué
objetivos persiguen las A.P.A. en líneas generales?
- Asistir a los padres en todo aquello que concierna a la educación de
sus hijos.
-
Colaborar con las actividades educativas de los centros y en las
actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
-
Organización de actividades culturales y deportivas.
-
Promover la participación de los padres en la gestión del centro.
- Asistir a los padres en el ejercicio de su derecho a intervenir en el
control y gestión de los centros públicos.
- Facilitar la representación y participación de los padres en los
Consejos Escolares, para lo que pueden presentar candidaturas en los
procesos electorales.
- Promover el desarrollo de programas de
educación familiar.
- Representar a los padres asociados a las
mismas ante las instancias educativas y otros organismos.
- Promover federaciones y confederaciones, de
acuerdo con la legislación vigente.
Asociaciones
de Alumnos
¿Cómo
se regulan?
En el art. 7 de la L.O.D.E., que en nuestra Comunidad Autónoma a tenido desarrollo reglamentario a través del Decreto 28/1.998 de 10 de Febrero, de la Consejería de Educación y Ciencias; y por lo establecido en sus propios Estatutos.
¿Como
se constituyen?
Mediante
Acta que deberá ser firmada, al menos, por el 5% de los Alumnos del Centro, y
que se presentará en la Delegación Provincial de Educación y Ciencias junto
con los Estatutos de la asociación.
Todo lo referente a los Estatutos de Asociaciones de Padres antes mencionado, es ahora de aplicación.
¿Cuáles
objetivos persiguen las Asociaciones de
Alumnos?
- Expresar la opinión de los alumnos en todo
aquello que afecte a su situación en los centros.
- Colaborar en la labor educativa de los
centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
- Promover la participación de los alumnos en
los Consejos Escolares de los Centros públicos y concertados, para lo que
pueden presentar candidaturas en los procesos electorales.
-
Realizar actividades culturales y deportivas.
- Realizar actividades que fomenten la acción
cooperativa y el trabajo en equipo.
- Promover federaciones y confederaciones, de
acuerdo con la legislación vigente.
- Facilitar el ejercicio de los derechos de los
alumnos, recogidos en el art. 6 de la L.O.D.E.
- Asistir a los alumnos en el ejercicio de su derecho
a intervenir en el control
y
gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.
- Facilitar la participación de los alumnos en los
Consejos Escolares.
- Expresar la participación de los alumnos
asociados en la elaboración del régimen interior del Centro.