LA PROFESIÓN DE BOMBERO
·
Poseer la
nacionalidad española o de estados miembros de la Unión Europea.
·
Edad
comprendida entre los dieciocho años y la legal de jubilación.
·
No
padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que
sean incompatibles con el desempeño de las funciones a desarrollar.
·
Estar en
posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer
Grado o equivalente.
·
No
hallarse separado del servicio por sanción disciplinaria en cualquier
Administración Pública ni inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
·
Al ser
una oposición a nivel local cada Ayuntamiento puede variar los requisitos
conforme a sus necesidades.
·
Pueden
existir límites de edad entre 30 y 35 años.
·
Los
carnet exigidos pueden variar en las distintas convocatorias: no pedir ningún
carnet, pedir el B y el C.
En el caso de bombero conductor, el CEISPA pide el Permiso de Conducción BTP y
el C.
·
Algunas
instituciones piden conocimientos de alguna profesión.
Primer
ejercicio: Aptitud Física
La
aptitud física consistirá en la realización de las siguientes pruebas físicas,
realizándolas en el orden en que estén relacionadas:
a.
Levantamiento de peso.
b.
Barra de equilibrio.
c.
Trepa de cuerda lisa.
d.
Carrera de 3.000 metros lisos.
e.
100 metros nado libre.
Segundo
ejercicio: Ejercicio teórico
Consistirá
en responder por escrito las preguntas y/o cuestionario sobre las materias
comprendidas en el programa.
Tercer
ejercicio: Ejercicio de conducción
Para
las plazas de bombero conductor, consistirá en realizar con un vehículo
adscrito al servicio las siguientes maniobras:
·
Arranque.
·
Conducción
en zona urbana y rural.
·
Aparcamiento.
·
Cuarto
ejercicio: Aptitud psicosocial
Consistirá
en la superación de pruebas psicotécnicas tendentes a comprobar que la aptitud
y rasgos de personalidad del aspirante son los adecuados para el puesto a
desempeñar, mediante la realización de uno o varios test de
personalidad, entrevista personal o de grupo u otra prueba pertinente.
Temario
·
El
temario puede variar ligeramente según el Ayuntamiento convocante
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